El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso de la Unión expedir la Ley General en materia de Personas Jóvenes, al resolver el Amparo en Revisión 529/2025.
La resolución, cuyo proyecto fue elaborado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, concedió el amparo a dos personas que promovieron el recurso al considerar que existe una omisión legislativa absoluta, ya que el Congreso no ha emitido la legislación prevista en la reforma constitucional publicada el 24 de diciembre de 2020.
Dicha reforma estableció, en un artículo transitorio, que la Ley General en materia de Personas Jóvenes debía expedirse en un plazo de un año para garantizar el derecho de este sector de la población al desarrollo integral. Sin embargo, esa obligación no fue cumplida.
En primera instancia, un juzgado de distrito determinó que existía la omisión legislativa y concedió el amparo. Posteriormente, el asunto fue revisado por la Suprema Corte, que confirmó la necesidad de que el Congreso emita la legislación correspondiente.
Como parte de la sentencia, la SCJN fijó un plazo máximo de dos periodos ordinarios de sesiones para que el Congreso subsane la omisión. El plazo comenzará a contarse a partir del inicio del siguiente periodo ordinario de sesiones después de la notificación oficial de la resolución al Poder Legislativo.
Se trata de la primera ocasión en que el Pleno de la Suprema Corte, con su nueva integración derivada de la elección judicial realizada hace un año, ordena al Congreso legislar sobre un tema específico mediante una resolución de este tipo.








